lunes, 15 de diciembre de 2014

Nueva Aplicación móvil para EPS, IPS y Entidades Territoriales de salud


El Ministerio de Salud y Protección Social junto con el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, desarrollaron una aplicación para móviles que le permite a las EPS, IPS y Entidades Territoriales de Salud identificar los principales eventos que se encuentran bajo vigilancia en salud pública el país.

La aplicación se llama ‘Colombia Si Vigila’ y se puede descargar en cualquier celular con sistema operativo Android, totalmente gratis.

Algunos de los beneficios que tiene este aplicativo es que los usuarios podrán saber cómo se procede con cada una de las patologías de acuerdo con el protocolo de atención vigente.

Con esta aplicación se busca una mejor calidad de respuesta operativa ante los eventos.
Para descargar la aplicación ingrese a este enlace https://play.google.com/store/apps/details?id=com.vigilatusalud_v3&hl=es

martes, 4 de noviembre de 2014

Mas sobre Portabilidad Nacional

Conoce tu derecho a ser atendido en salud en cualquier lugar del país, independientemente del lugar donde fuiste afiliado al régimen contributivo o subsidiado.

miércoles, 29 de octubre de 2014

Decretos de salud Decreto 3047 - Portabilidad Nacional en Salud

El Decreto 3047 de 2013 establece las reglas sobre movilidad entre regímenes para afiliados focalizados en los niveles I y II del Sisbén, evitando soluciones de continuidad en su aseguramiento, que por cambios o intermitencias en sus condiciones socioeconómicas deban moverse de un régimen a otro y no quieran cambiar de EPS.

Para efectos del presente decreto las EPS administrarán simultáneamente afiliados de los regímenes contributivo y subsidiado, para lo cual la EPS que se encuentra habilitada para administrar alguno de los dos regímenes en un determinado municipio, a partir de la entada en vigencia del presente decreto, se considerara habilitada para administrar el otro régimen en el mismo municipio.

Las EPS habilitadas para operar el régimen subsidiado podrán administrar en el régimen contributivo hasta el 10% del total de sus afiliados, con su actual habilitación, sin que se le exija el cumplimiento de los requisitos de habilitación del régimen contributivo.

Descargue
DECRETO 3047 DE 2013 – MOVILIDAD ENTRE REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO